En el
artículo anterior seguimos hablando sobre la NIIF 13; las transacciones; los
participantes del mercado; y el precio que caben lugar en esta norma. Si aún no
lo leíste, ingresa dándole clic aquí para que no te pierdas de ninguna
información importante que pueda ayudarte a generar mejores resultados.
Valor
Razonable de Activos Financieros
Máximo
y mejor uso de activos no financieros
Una
medición a valor razonable de un activo no financiero tendrá en cuenta la
capacidad del participante de mercado para generar beneficios económicos
mediante la utilización del activo en su máximo y mejor uso o mediante la venta
de este a otro participante de mercado que utilizaría el activo en su máximo y
mejor uso.
El
máximo y mejor uso de un activo no financiero tendrá en cuenta la utilización
del activo que es físicamente posible, legalmente permisible y financieramente
factible. La medición del máximo y mejor uso de un activo no financiero tendrá
en cuenta lo siguiente:
Veamos
a continuación en qué consiste cada uno de estos criterios.
1. Un uso que es físicamente posible
tendrá en cuenta las características físicas del activo que los participantes
del mercado tendrían en cuenta al fijar el precio del activo (por ejemplo,
localización o dimensión de una propiedad).
2. Un uso que es legalmente permisible
tendrá en cuenta las restricciones legales de utilización del activo que los
participantes del mercado tendrían en cuenta al fijar el precio del activo (por
ejemplo, regulaciones de zona aplicables a la propiedad).
3. Un uso que es financieramente factible
tendrá en cuenta si una utilización del activo que es físicamente posible y
legalmente permisible genera un ingreso o flujos de efectivo adecuados
(teniendo en cuenta los costos de conversión del activo para esa finalidad)
para producir una rentabilidad de la inversión que los participantes del
mercado requerirían de una inversión en ese activo destinado a ese uso.
El
máximo y mejor uso se determinará a partir de la perspectiva de los participantes
del mercado, incluso si la entidad pretende un uso distinto. Sin embargo, el
uso presente por parte de una entidad de un activo no financiero se presume que
es el máximo y mejor, a menos que el mercado u otros factores sugieran que un
uso diferente por los participantes del mercado maximizaría el valor del
activo.
Jerarquía
del Valor Razonable
Para
incrementar la coherencia y comparabilidad de las mediciones del valor
razonable e información a revelar relacionada, esta NIIF establece una
jerarquía del valor razonable que clasifica en tres niveles los datos de
entrada de las técnicas de valoración utilizadas para medir el valor razonable.
La jerarquía del valor razonable concede la prioridad más alta a los precios
cotizados (sin ajustar) en mercados activos para activos y pasivos idénticos
(datos de entrada de Nivel 1), y la prioridad más baja a los datos de entrada
no observables (datos de entrada de Nivel 3).
En
algunos casos, los datos de entrada utilizados para medir el valor razonable de
un activo o un pasivo pueden clasificarse dentro de diferentes niveles de la
jerarquía del valor razonable. En esos casos, la medición del valor razonable
se clasifica en su totalidad en el mismo nivel de la jerarquía de valor
razonable que el dato de entrada de nivel más bajo que sea significativo para
la medición completa.
Evaluar la relevancia de un dato de entrada en particular para la medición completa requiere del juicio profesional, teniendo en cuenta factores específicos del activo o pasivo. Los ajustes para llegar a mediciones basadas en el valor razonable, tales como los costos de vender al medir al valor razonable menos los costos de venta, no se tendrán en cuenta al determinar el nivel de la jerarquía del valor razonable dentro del que se clasifica una medición del valor razonable.
Nota: Se prefieren
siempre las variables de nivel superior; pero si se utilizan variables de dos
niveles, el resultado es del nivel inferior.
Tratamiento
contable:
Por los costos de adquisición
Por el ajuste del
Valor Razonable al 31/12/2020
Por el ajuste del IR diferido
Por la venta de las inversiones disponibles para la venta
Autor:
Arturo
Baltodano
BCR
Consultores
ALTAC
Costa Rica
Email: [email protected]
Link: bit.ly/3waDwFN