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NIIF 13, Aumentando La Eficiencia Del Proceso Contable - Parte 1

La NIIF 13 cambió los procedimientos y métodos para la determinación del valor razonable, afianzando en una sola norma el cálculo del valor razonable y la información que se debe presentar sobre él en los estados financieros. De esta forma, con la emisión de la NIIF 13 se deja de lado la formalidad anterior que establecía definiciones y procedimientos distintos en cada una de las normas que reconocían el valor razonable.

 

Por lo tanto, el objetivo de la emisión de esta norma es aumentar la coherencia y la comparabilidad del valor razonable, sobre todo en favor de los inversionistas externos, y establecer un concepto único del valor razonable que permita aumentar la eficiencia del proceso contable. No obstante, lo indicado, la NIIF 13 no explica sobre qué elemento contable y en qué momento el valor razonable sea aplicable. Estos aspectos se regulan, por separado en cada norma contable específica.

 

Esta NIIF se aplica cuando otra NIIF requiera o permita mediciones a valor razonable o información a revelar sobre mediciones a valor razonable (y mediciones, tales como valor razonable menos costos de venta, basadas en el valor razonable, o información a revelar sobre esas mediciones).

 

Sin embargo, los requerimientos sobre medición e información a revelar de esta NIIF no se aplican a los elementos siguientes:

 

·        Transacciones con pagos basados en acciones que queden dentro del alcance de la NIIF 2 Pagos basados en Acciones.

·        Transacciones de arrendamiento que queden dentro del alcance de la NIIF 16 Arrendamientos.

·        Mediciones que tengan alguna similitud con el valor razonable pero que no sean valor razonable, tales como el valor neto realizable de  la NIC 2 Inventarios o el valor en uso de la NIC 36.

 

Finalmente, es importante mencionar que la presente NIIF se aplica en Costa Rica a partir del periodo económico 2020.

 

Valor Razonable

 

Esta NIIF define valor razonable como el precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de medición.

 

Al respecto, cabe precisar que una transacción ordenada es aquella que supone una exposición al mercado para un periodo anterior a la fecha de la medición para tener en cuenta las actividades de comercialización que son usuales y habituales para transacciones que involucran estos activos o pasivos. En tal sentido, una transacción ordenada no es una transacción forzada (por ejemplo, una liquidación forzada o venta urgente).

 

 

En consecuencia, una medición del valor razonable requiere que una entidad determine todos los elementos siguientes:

 

·       El activo o pasivo concreto que es el objeto de la medición (de forma congruente con su unidad de cuenta).

·       Para un activo no financiero, la condición de valoración que es adecuada para la medición (de forma congruente con su máximo y mejor uso).

·       El mercado principal (o más ventajoso) para el activo o pasivo.

·       Las técnicas de valoración adecuadas para la medición, considerando la disponibilidad de datos con los cuales desarrollar datos de entrada que representan los supuestos que los participantes del mercado utilizarían al fijar el precio del activo o pasivo y el nivel de la jerarquía del valor razonable en la que se clasifican los datos de entrada.

 

Activo y Pasivo sujeto al valor razonable

 

Una medición del valor razonable es para un activo o pasivo concreto. Por lo cual, al medir el valor razonable una entidad tendrá en cuenta las características del activo o pasivo de la misma forma en que los participantes del mercado las tendrían en cuenta al fijar el precio de dicho activo o pasivo en la fecha de la medición. Estas características incluyen, por ejemplo, los siguientes elementos:

 

·         La condición y localización del activo.

·         Restricciones, si las hubiera, sobre la venta o uso del activo.

 

El efecto sobre la medición que surge de una característica particular diferirá dependiendo de la forma en que esa característica sería tenida en cuenta por los participantes del mercado.


El activo o pasivo medido a valor razonable puede ser uno de los siguientes:

 

a.         Un activo o pasivo considerado de forma independiente.

Por ejemplo, un instrumento financiero o un activo no financiero.


b.         Un grupo de activos, un grupo de pasivos, o un grupo de activos y pasivos.

Por ejemplo, una entidad generadora de efectivo o un negocio.

 

Autor:

Arturo Baltodano

BCR Consultores

ALTAC Costa Rica

Email: [email protected]

Link: bit.ly/3waDwFN


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