La NIIF
13 cambió los procedimientos y métodos para la determinación del valor razonable,
afianzando en una sola norma el cálculo del valor razonable y la información
que se debe presentar sobre él en los estados financieros. De esta forma, con
la emisión de la NIIF 13 se deja de lado la formalidad anterior que establecía
definiciones y procedimientos distintos en cada una de las normas que
reconocían el valor razonable.
Por lo
tanto, el objetivo de la emisión de esta norma es aumentar la coherencia y la
comparabilidad del valor razonable, sobre todo en favor de los inversionistas
externos, y establecer un concepto único del valor razonable que permita
aumentar la eficiencia del proceso contable. No obstante, lo indicado, la NIIF
13 no explica sobre qué elemento contable y en qué momento el valor razonable
sea aplicable. Estos aspectos se regulan, por separado en cada norma contable
específica.
Esta
NIIF se aplica cuando otra NIIF requiera o permita mediciones a valor razonable
o información a revelar sobre mediciones a valor razonable (y mediciones, tales
como valor razonable menos costos de venta, basadas en el valor razonable, o
información a revelar sobre esas mediciones).
Sin
embargo, los requerimientos sobre medición e información a revelar de esta NIIF
no se aplican a los elementos siguientes:
· Transacciones
con pagos basados en acciones que queden dentro del alcance de la NIIF 2 Pagos
basados en Acciones.
· Transacciones
de arrendamiento que queden dentro del alcance de la NIIF 16 Arrendamientos.
· Mediciones
que tengan alguna similitud con el valor razonable pero que no sean valor
razonable, tales como el valor neto realizable de la NIC 2 Inventarios o el
valor en uso de la NIC 36.
Finalmente,
es importante mencionar que la presente NIIF se aplica en Costa Rica a partir
del periodo económico 2020.
Valor
Razonable
Esta
NIIF define valor razonable como el precio que sería recibido por vender un
activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre
participantes del mercado en la fecha de medición.
Al
respecto, cabe precisar que una transacción ordenada es aquella que supone una
exposición al mercado para un periodo anterior a la fecha de la medición para
tener en cuenta las actividades de comercialización que son usuales y
habituales para transacciones que involucran estos activos o pasivos. En tal
sentido, una transacción ordenada no es una transacción forzada (por ejemplo,
una liquidación forzada o venta urgente).
En
consecuencia, una medición del valor razonable requiere que una entidad
determine todos los elementos siguientes:
· El
activo o pasivo concreto que es el objeto de la medición (de forma congruente
con su unidad de cuenta).
· Para
un activo no financiero, la condición de valoración que es adecuada para la
medición (de forma congruente con su máximo y mejor uso).
· El
mercado principal (o más ventajoso) para el activo o pasivo.
· Las
técnicas de valoración adecuadas para la medición, considerando la
disponibilidad de datos con los cuales desarrollar datos de entrada que
representan los supuestos que los participantes del mercado utilizarían al
fijar el precio del activo o pasivo y el nivel de la jerarquía del valor
razonable en la que se clasifican los datos de entrada.
Activo
y Pasivo sujeto al valor razonable
Una
medición del valor razonable es para un activo o pasivo concreto. Por lo cual,
al medir el valor razonable una entidad tendrá en cuenta las características
del activo o pasivo de la misma forma en que los participantes del mercado las
tendrían en cuenta al fijar el precio de dicho activo o pasivo en la fecha de
la medición. Estas características incluyen, por ejemplo, los siguientes
elementos:
·
La
condición y localización del activo.
·
Restricciones,
si las hubiera, sobre la venta o uso del activo.
El
efecto sobre la medición que surge de una característica particular diferirá
dependiendo de la forma en que esa característica sería tenida en cuenta por
los participantes del mercado.
El
activo o pasivo medido a valor razonable puede ser uno de los siguientes:
a. Un activo o pasivo considerado de forma independiente.
Por
ejemplo, un instrumento financiero o un activo no financiero.
b. Un grupo de activos, un grupo de pasivos, o un grupo de activos y pasivos.
Por
ejemplo, una entidad generadora de efectivo o un negocio.
Autor:
Arturo
Baltodano
BCR
Consultores
ALTAC
Costa Rica
Email: [email protected]
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